Condiciones del Programa de Afiliados
Última actualización: 27 de septiembre de 2026
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Versión 1.2 · Actualización jurídica de 27 de septiembre de 2026 (cupones de afiliado)
Estas condiciones regulan la incorporación al programa de afiliados de Tranquiseo, la atribución de clientes, el cálculo y pago de comisiones y las obligaciones de ambas partes. El acuerdo de autofacturación del anexo I forma parte del contrato cuando se acepta expresamente.
1 Identificación de las partes
El programa es organizado por Fernando López Poyatos, con NIF 09452407M, domicilio en Calle Santiago Apóstol 8, 28971, Griñón, Madrid, titular de la marca o nombre comercial Tranquiseo, en adelante, «Tranquiseo». Web: https://tranquiseo.com. Correo de contacto contractual: soporte@tranquiseo.com.
La otra parte es la persona empresaria o profesional, o la entidad, identificada en la solicitud aceptada por Tranquiseo, en adelante, el «Afiliado». Su representante declara disponer de facultades suficientes. Los datos del formulario y la confirmación de alta se incorporan al contrato.
2 Objeto y autonomía de las partes
2.1. El Afiliado puede difundir el enlace individual facilitado por Tranquiseo y obtener las comisiones previstas por las contrataciones válidamente atribuidas. No existe obligación de alcanzar objetivos, dedicar un tiempo mínimo, realizar visitas, negociar contratos ni desarrollar una actividad continuada de promoción. Cada parte asume sus medios y gastos, salvo acuerdo escrito distinto.
2.2. La colaboración es independiente y no exclusiva. No concede representación, poderes para contratar, cobrar a clientes, modificar precios, prestar garantías ni asumir obligaciones en nombre de Tranquiseo. Tampoco crea por sí misma una sociedad, franquicia o relación laboral. El contrato del servicio se celebra directamente entre Tranquiseo y el cliente.
2.3. La calificación jurídica depende de la actividad efectivamente desarrollada. Si la relación reúne los requisitos de la Ley 12/1992 sobre Contrato de Agencia, se aplicarán sus disposiciones imperativas, incluidos, cuando procedan, preavisos, comisiones e indemnizaciones. Estas condiciones no contienen una renuncia anticipada a esos derechos.
3 Requisitos y procedimiento de alta
3.1. El programa se dirige a empresarios y profesionales que actúen en el ámbito de su actividad económica, con capacidad para contratar y cumplir las obligaciones fiscales correspondientes. No se ofrece como producto de consumo ni como fuente de ingresos garantizados. La persona física deberá ser mayor de edad.
3.2. El solicitante facilitará identificación, NIF o identificador fiscal, domicilio fiscal, correo, actividad y país de establecimiento, así como la información fiscal adicional necesaria. El IBAN y la identificación de su titular se solicitarán en el panel al generar la primera liquidación, no en el formulario de alta. Los datos deberán ser veraces y actualizarse antes de la siguiente facturación si cambian. Sin IBAN no puede realizarse el pago por transferencia; la factura se expedirá a los cinco días naturales de confirmarse la transferencia, salvo que deba expedirse y remitirse antes para cumplir los plazos legales, aunque el pago no se haya realizado o falte el IBAN.
3.3. Tranquiseo podrá aceptar o rechazar solicitudes conforme a sus criterios comerciales y de prevención del fraude, sin obligación de admitirlas ni de motivar el rechazo, respetando las prohibiciones legales de discriminación. Podrá requerir documentación proporcionada para verificar identidad, representación o situación fiscal.
3.4. Antes de enviar la solicitud se facilitarán estas condiciones y el acuerdo de autofacturación para su lectura y descarga, con posibilidad de corregir los datos. El contrato se perfecciona cuando Tranquiseo comunica la aceptación y activa el enlace. La confirmación, enviada por correo, contendrá o permitirá conservar la versión aceptada, los datos de alta y la fecha de efecto. El idioma contractual es el castellano.
3.5. Tranquiseo conservará prueba de la aceptación y proporcionará copia a solicitud del Afiliado. La solicitud no autoriza envíos comerciales ajenos a la gestión del programa. La participación no exige comprar Tranquiseo ni pagar una cuota de incorporación.
3.6. La admisión de profesionales establecidos fuera del territorio español de aplicación del IVA requerirá validación previa y confirmación expresa de Tranquiseo. Para operadores de la UE se comprobarán la condición empresarial, el establecimiento y, cuando proceda, el NIF IVA. La aceptación no determina por sí sola el tratamiento tributario.
4 Atribución de clientes
4.1. Un nuevo cliente quedará atribuido al Afiliado si accede mediante su enlace válido y formaliza la contratación dentro de los 30 días naturales siguientes al acceso registrado, en el mismo navegador y dispositivo, y se conserva una referencia válida conforme a las reglas de consentimiento aplicables. No se atribuyen retroactivamente clientes que ya tenían una contratación de pago anterior con Tranquiseo.
4.2. Si el cliente aplica en la contratación un cupón válido generado por un Afiliado, la contratación se atribuirá al titular de ese cupón, aunque antes se hubieran registrado enlaces de otros afiliados. La introducción del código en el formulario de pago permite esa atribución sin depender del dispositivo o de la referencia almacenada en el navegador. Si no se aplica un cupón, prevalecerá el último acceso válido mediante enlace de afiliado y su ventana de treinta días naturales conforme a la cláusula 4.1. Un acceso ordinario sin enlace no modifica por sí solo la referencia. La atribución se fija al contratar; la comisión solo se genera sobre cobros efectivos y conforme a las demás condiciones del programa. Esta regla no reasigna contrataciones anteriores a su entrada en vigor.
4.3. La referencia se conserva mediante almacenamiento local del navegador. Cuando sea legalmente exigible, su escritura y lectura estarán condicionadas al consentimiento previo del visitante. Pulsar un enlace de afiliado no se considerará, por sí solo, consentimiento para ese almacenamiento. El rechazo, retirada o eliminación de la referencia, el bloqueo del navegador o la contratación desde otro dispositivo pueden impedir la atribución. No se eludirán estas elecciones mediante huellas digitales u otros mecanismos de seguimiento.
4.4. La atribución no puede trasladarse por conveniencia a otro afiliado una vez contratada. Se podrán corregir errores técnicos acreditados, duplicidades o fraude. El Afiliado podrá comunicar discrepancias a soporte@tranquiseo.com, preferentemente en los 30 días desde que pudo conocerlas, aportando fecha y evidencias lícitas. Este plazo es organizativo y no extingue acciones legales. Tranquiseo responderá motivadamente en un máximo de 30 días, salvo complejidad justificada comunicada al interesado.
4.5. Los registros del sistema son elementos de prueba contrastables, no una prueba irrebatible. Las correcciones deberán dejar rastro y comunicarse a los afiliados afectados sin revelar información innecesaria de clientes o terceros. La ausencia de seguimiento no garantiza una atribución manual; tampoco excluye reparar un error imputable a Tranquiseo que se acredite por otros medios.
5 Importe y generación de comisiones
| Plan contratado | Comisión por mensualidad íntegra cobrada |
|---|---|
| Tranquiseo 1 | 30,00 € |
| Tranquiseo 2 | 50,00 € |
| Tranquiseo 3 | 60,00 € |
| Tranquiseo 4 | 80,00 € |
5.1. Los importes de la tabla son bases de remuneración, sin IVA u otros impuestos indirectos. Se añadirá el impuesto que corresponda y se descontarán las retenciones legalmente exigibles. La comisión es fija por plan y no un porcentaje del precio del servicio.
5.2. La comisión se genera con cada cobro mensual efectivo de una suscripción elegible del cliente atribuido. No generan comisión pruebas gratuitas, facturas impagadas ni cobros de cero euros. No se remuneran conceptos distintos de la suscripción mensual, salvo pacto expreso.
5.3. Si un descuento, incluido un cupón de afiliado, o un pago parcial reduce el importe cobrado por una mensualidad, la comisión fija del plan se reduce en la misma proporción respecto del precio mensual ordinario aplicable a ese cliente antes del descuento. Numerador y denominador se calcularán sin impuestos indirectos y sobre el mismo período. La suma de pagos fraccionados de una mensualidad no generará más de una comisión íntegra; las comisiones bancarias del proveedor de pagos no se descontarán de la base. Ejemplo: si se cobra el 80 % de la primera mensualidad de Tranquiseo 1, la comisión de esa mensualidad será de 24 € en lugar de 30 €.
Si, tras una revisión, el cliente paga una diferencia correspondiente a esa misma mensualidad, se añadirá la parte proporcional de comisión sobre el importe adicional efectivamente cobrado, sin superar entre ambos cobros la comisión íntegra de ese período. El ajuste se identificará en la siguiente liquidación que proceda. La mera detección de un uso anterior del cupón, sin cobro adicional, no aumenta la comisión. Se mantienen las exclusiones por autorreferencias y contrataciones simuladas de la cláusula 10.
5.4. Los cambios de plan se reflejarán en la comisión de los períodos efectivamente cobrados. En períodos fraccionados se aplicará la proporción de tiempo e importe correspondiente a cada plan, sin duplicar la remuneración del mismo período. Una modalidad anual o distinta de la mensual necesitará condiciones económicas expresas antes de aplicarse a los afiliados afectados.
5.5. Por cada cliente, identificado por su persona o entidad contratante y NIF, solo son elegibles las dos primeras suscripciones web que registren un cobro positivo. El orden se determina por la fecha y hora del primer cobro y, si coinciden, por el identificador secuencial de la operación. El límite es por cliente, no por cada cuenta o alta duplicada. Un mes gratuito no reserva posición hasta que exista un primer cobro positivo.
5.6. La baja o impago de una de esas dos suscripciones no permite que otra ocupe su posición. La reactivación de la misma suscripción conserva su posición e historial; una suscripción nueva no sustituye automáticamente a la cancelada. Las migraciones técnicas que mantengan el mismo servicio conservarán la trazabilidad. Las renovaciones de las dos suscripciones elegibles seguirán generando comisiones mientras se cobren, conforme a estas condiciones.
6 Liquidación y pago
6.1. Cada comisión permanecerá provisionalmente retenida durante 35 días naturales desde el cobro que la origine. Ese plazo es una regla comercial de comprobación y no representa el plazo legal máximo de devolución bancaria. Finalizado, pasará a disponible si no existe una incidencia documentada que afecte a ese importe.
6.2. Se realizarán dos cortes de liquidación al mes, los días 1 y 16, sin importe mínimo. Cada corte incorporará las comisiones que hayan completado la retención de 35 días naturales y estén disponibles en el momento de ejecución del corte, registrado según la hora de Madrid. El abono se efectuará dentro de los diez días naturales siguientes al corte, sin contar el propio día del corte. Tranquiseo ordenará la transferencia con antelación suficiente para que el abono se produzca dentro del plazo, teniendo en cuenta días inhábiles bancarios. Si el calendario, la hora del corte o cualquier incidencia operativa llevaran a superar 60 días naturales desde el cobro que originó una comisión, se adelantará el pago mediante una liquidación o abono complementario. Prevalecerá cualquier vencimiento imperativo anterior conforme a la Ley 3/2004, computado desde el hecho legalmente procedente, aunque deba anticiparse la liberación del saldo. El plazo de revisión de la factura no se añade al plazo de pago.
6.3. La liquidación identificará períodos, planes, referencias seudonimizadas, bases, ajustes, impuestos, retenciones y el importe a pagar. Los gastos repercutibles se mostrarán separadamente conforme a la cláusula 6.4. La factura de las comisiones liquidadas se expedirá una vez realizado el pago, a los cinco días naturales de confirmarse la transferencia, y se remitirá al Afiliado conforme al anexo I. No obstante, si fuera necesario para cumplir los plazos legales de expedición y remisión, la factura se expedirá y remitirá antes, aunque el pago no se haya realizado o falte el IBAN. Cada factura se vinculará a su liquidación y no se duplicará; si ya se hubiera expedido, el pago posterior no generará una nueva factura.
6.4. El pago se realizará exclusivamente por transferencia bancaria a una cuenta cuyo titular sea el Afiliado. No se utilizará PayPal ni ningún otro medio de pago.
a) Cuentas en España y transferencias en euros dentro de la zona SEPA: Tranquiseo asume los gastos de emisión de la transferencia y el Afiliado recibe íntegro el importe líquido que le corresponde.
b) Resto de transferencias (cuentas fuera de la zona SEPA o pagos en otra divisa): los gastos que cobre la entidad de Tranquiseo por emitir la transferencia se descontarán del importe abonado. El Afiliado acepta esta regla al indicar una cuenta de este tipo. Tranquiseo le informará del importe descontado en su liquidación y pondrá a su disposición el justificante de la entidad. El importe de la factura no se modifica: el descuento afecta solo al abono.
c) Los gastos que cobre la entidad del Afiliado por recibir la transferencia serán a su cargo.
6.5. La falta de datos indispensables solo suspenderá el pago en la medida en que realmente lo impida y sea imputable al Afiliado. Se comunicará qué falta, el importe afectado y cómo corregirlo. Los errores internos de Tranquiseo o la falta de desarrollo del sistema de autofacturación no justificarán un retraso. Se abonarán las cantidades no discutidas. Procederán los intereses y costes de cobro exigibles por la normativa de morosidad.
7 Devoluciones y ajustes
7.1. Si un cobro se reembolsa, devuelve o resulta anulado por contracargo, se anulará la comisión correspondiente, total o proporcionalmente. Si se recupera posteriormente el mismo cobro, se recalculará la comisión sin duplicarla. Una disputa todavía no resuelta solo permite retener provisionalmente la cantidad vinculada a ella.
7.2. Si la comisión ya se abonó, Tranquiseo comunicará el cobro afectado, el motivo, el cálculo y la documentación justificativa disponible, omitiendo datos innecesarios. El Afiliado dispondrá de 15 días naturales para formular objeciones. Se emitirán las rectificaciones fiscales necesarias.
7.3. El Afiliado autoriza la compensación de importes indebidamente percibidos con comisiones futuras cuando el crédito de restitución sea determinado, vencido y exigible y concurran los requisitos legales. La parte razonadamente controvertida no se descontará de forma definitiva hasta que exista acuerdo o resolución que lo permita. Si no hay saldo compensable, el importe no controvertido o definitivamente reconocido deberá reintegrarse dentro de los 30 días del requerimiento documentado.
7.4. No se impondrá una penalización general ni se confiscarán comisiones ajenas a la incidencia. No se cargarán al Afiliado daños o gastos del proveedor de pagos que no le sean imputables. Las cantidades exigidas no podrán producir un doble resarcimiento.
8 Fiscalidad y facturación
8.1. El Afiliado es responsable de sus obligaciones censales, tributarias y de Seguridad Social en función de su situación real. La autofacturación no traslada a Tranquiseo la condición de prestador de la actividad del Afiliado ni exime a este de declarar sus ingresos.
8.2. Las comisiones son bases de remuneración sin impuestos. En los servicios interiores sujetos y no exentos prestados por afiliados establecidos en Península o Baleares se aplicará, con carácter general, IVA del 21 %. Para personas físicas residentes cuya remuneración sea rendimiento profesional, incluida la mediación calificada como actividad profesional, la retención general será del 15 % sobre la base, sin IVA. El 7 % por inicio de actividad se aplicará durante el período impositivo de inicio y los dos siguientes si se cumplen los requisitos legales, incluida la ausencia de actividad profesional en el año anterior al inicio, y se entrega comunicación firmada que Tranquiseo conservará. La condición de autónomo no basta por sí sola para determinar la retención. Las sociedades residentes sujetas al Impuesto sobre Sociedades no soportarán retención de IRPF por estos servicios ordinarios. Otros tipos de entidades, actividades y regímenes especiales requieren clasificación previa.
8.3. Los afiliados establecidos fuera de Península y Baleares, incluidos Canarias, Ceuta y Melilla, y los no residentes pasarán por revisión fiscal manual antes de facturar automáticamente. Se verificarán residencia, establecimiento, condición empresarial y, cuando proceda, NIF IVA, certificado de residencia fiscal y convenio aplicable. Cuando el servicio se localice en el territorio español de aplicación del IVA, el prestador no esté establecido en él y se cumplan los requisitos legales, la factura no repercutirá IVA español y recogerá la inversión del sujeto pasivo, correspondiendo a Tranquiseo su tratamiento tributario como destinatario. No se tratará como una operación exenta por ese solo motivo. La residencia extranjera no elimina automáticamente las posibles obligaciones de retención por IRNR ni las declaraciones exigibles. El país del IBAN no determina la residencia fiscal. La revisión se realizará con diligencia y no justificará retrasos imputables a Tranquiseo.
8.4. La expedición por Tranquiseo en nombre y por cuenta del Afiliado requerirá la aceptación previa y expresa del anexo I. Si se revoca o no puede operar lícitamente, el Afiliado emitirá su factura, coordinándose ambas partes para evitar duplicidades y cumplir los plazos legales. Se conservarán los justificantes y certificados de retenciones que procedan.
9 Publicidad y uso de la marca
9.1. El Afiliado deberá identificar de forma clara y visible el carácter publicitario de sus recomendaciones y su interés económico junto al contenido o enlace, por ejemplo: «Publicidad. Enlace de afiliado: si contratas, puedo recibir una comisión, sin sobrecoste para ti». La indicación no se ocultará entre etiquetas ni únicamente en una página legal.
9.2. Se prohíbe el envío de comunicaciones comerciales electrónicas no solicitadas o no amparadas por una excepción legal aplicable; la compra o uso ilícito de bases de datos; el seguimiento sin consentimiento exigible; la instalación forzada de referencias; el uso de bots, identidades falsas o contrataciones simuladas; y cualquier manipulación de atribuciones o cobros.
9.3. Se prohíbe pujar por «Tranquiseo», errores ortográficos o variantes confundibles como palabras clave de publicidad en buscadores; incorporarlos a dominios, nombres de usuario o perfiles que aparenten ser oficiales; o desviar tráfico mediante suplantación. En campañas amplias, el Afiliado excluirá la marca mediante palabras negativas cuando sea necesario para evitar su captación intencionada.
9.4. El Afiliado no podrá prometer posiciones en buscadores, resultados, plazos, precios, descuentos o prestaciones no autorizados; presentarse como empleado, socio o representante de Tranquiseo; ni realizar afirmaciones engañosas o denigratorias. Utilizará información comercial vigente y corregirá con diligencia la que deje de serlo.
El Afiliado podrá ofrecer únicamente los cupones que genere en su panel. Cada uno concede un 20 % de descuento sobre la primera cuota mensual de una web que no haya disfrutado antes de un cupón de afiliado; no modifica las cuotas posteriores. El Afiliado no podrá variar el porcentaje, prolongar el descuento, acumularlo con otra promoción salvo autorización expresa ni ofrecerlo para sus propias webs o las de entidades excluidas por la cláusula 10. Podrá mantener hasta tres cupones activos a la vez. Cada cupón caducará a los tres meses de su creación o última renovación y podrá renovarse desde el panel mientras el programa y la cuenta permanezcan activos.
Los códigos se facilitarán a contactos propios en comunicaciones permitidas por la ley. No podrán publicarse en agregadores de cupones o descuentos, ni difundirse mediante envíos comerciales electrónicos no solicitados. El Afiliado identificará claramente la naturaleza publicitaria de su recomendación y su posible comisión. Tranquiseo podrá desactivar un código por error, uso indebido o incumplimiento, comunicando el motivo al Afiliado; la desactivación no suprimirá un descuento ya aplicado válidamente a un cliente. Ante una incidencia discutida se seguirán las reglas de revisión y liquidación de estas condiciones.
9.5. Tranquiseo concede durante la participación activa una licencia gratuita, limitada, no exclusiva e intransferible para utilizar únicamente los materiales de marca que facilite o autorice con fines de promoción del programa. No se permite alterar los signos ni registrar derechos sobre ellos. Al terminar la participación cesará el uso, salvo autorización escrita.
10 Autorreferidos y negocios vinculados
10.1. No generan comisiones las contrataciones del propio Afiliado, sus webs ni las de entidades que controle directa o indirectamente. Se considera control la mayoría de derechos de voto, la facultad de nombrar o destituir a la mayoría del órgano de administración o una influencia dominante acreditada, atendiendo a los criterios del artículo 42 del Código de Comercio. También se excluyen las contrataciones entre entidades bajo un mismo control efectivo cuando se utilicen para obtener comisiones sobre el propio grupo.
10.2. Un NIF diferente no basta si existe control común o una interposición simulada. La coincidencia de domicilio, parentesco, asesor o proveedor no demuestra por sí sola control o fraude. El Afiliado podrá ser cliente de Tranquiseo y recomendar a negocios realmente independientes.
10.3. Tranquiseo comprobará posibles autorreferidos mediante coincidencias entre la cuenta de usuario, el correo electrónico o el NIF del cliente y los del Afiliado, junto con los restantes indicios lícitos disponibles. La coincidencia podrá marcar la comisión como pendiente de revisión y excluirla provisionalmente del saldo disponible, pero no equivaldrá por sí sola a una declaración definitiva de fraude. Se conservarán el motivo, la fecha y las evidencias y se informará al Afiliado, que podrá formular alegaciones y solicitar revisión humana desde el panel o en soporte@tranquiseo.com. La revisión será efectiva, por una persona facultada para corregir el resultado, y se resolverá sin dilación y, como máximo, en 30 días, sin desplazar vencimientos legales ni retener cantidades ajenas a la incidencia. Solo se anularán definitivamente autorreferidos acreditados mediante resolución motivada. Los errores se corregirán, restituyendo el saldo y abonando sin dilación lo vencido. Para cantidades ya pagadas se seguirá la cláusula 7. Solo se utilizarán los datos necesarios; no se facilitará al Afiliado la identidad de otros clientes.
11 Panel e incidencias
El panel mostrará el número de clientes atribuidos, los saldos retenidos, disponibles y pagados, la información de liberación y el límite de webs, además de los cupones generados, su estado y fecha de caducidad. Los registros de contratación mostrarán una referencia seudonimizada, la fecha de alta y si la suscripción continúa activa. No mostrarán el nombre, correo electrónico, datos de pago ni importe que abona el cliente.
La dirección de la web contratada solo se mostrará al Afiliado al que se atribuya la contratación cuando el cliente lo haya autorizado mediante la opción separada del formulario de contratación. Si no lo autoriza, el Afiliado conservará la referencia seudonimizada y sus derechos económicos en las mismas condiciones. El acceso se limitará a las contrataciones atribuidas a ese Afiliado y al tiempo necesario para gestionar la relación y las comisiones pendientes. No se mostrarán retrospectivamente dominios de clientes contratados antes de la entrada en vigor de esta funcionalidad.
El Afiliado custodiará sus credenciales y comunicará accesos no autorizados. Las interrupciones del panel no extinguen derechos económicos; podrá solicitarse una liquidación por correo. Las incidencias de atribución se tramitarán según la cláusula 4.
12 Suspensión y resolución por incumplimiento
12.1. Ante indicios concretos de fraude, uso ilícito de la marca o una amenaza para la seguridad, Tranquiseo podrá suspender cautelarmente el enlace y las operaciones afectadas, informando del motivo en cuanto no comprometa la investigación. Revisará la medida sin dilación y, como máximo, en 30 días, comunicando cualquier necesidad justificada de ampliación. La suspensión será proporcionada y no bloqueará por sistema todo el saldo.
12.2. Los incumplimientos subsanables se comunicarán concediendo diez días naturales para corregirlos. El fraude acreditado, la suplantación, los autorreferidos deliberados o una infracción grave o reiterada podrán dar lugar a resolución inmediata motivada. Se permitirá al Afiliado presentar alegaciones y pruebas.
12.3. La resolución no priva de las comisiones legítimas, incluidas las futuras asociadas a clientes válidamente atribuidos conforme a la cláusula 13. Se excluirán las derivadas de la conducta infractora, sin perjuicio de reclamar daños acreditados y aplicar compensaciones legalmente procedentes.
13 Baja y efectos económicos posteriores
13.1. El Afiliado podrá solicitar la baja en cualquier momento por correo o por el mecanismo habilitado en el panel, con efecto desde su recepción, salvo fecha posterior solicitada. Tranquiseo podrá terminar la participación o cerrar el programa para nuevas referencias con un preaviso de 30 días naturales por correo, sin perjuicio de los plazos imperativos que pudieran resultar aplicables.
13.2. Desde la fecha de efecto se desactivará el enlace para nuevas atribuciones. Los clientes válidamente atribuidos antes de esa fecha seguirán generando comisiones mientras se produzcan cobros elegibles, con los límites y condiciones de su incorporación. El cierre del programa no extingue por sí solo ese derecho ni permite reducir retroactivamente sus importes. No se garantiza la permanencia o solvencia de los clientes.
13.3. La baja comercial no exige borrar el registro necesario para liquidar. El Afiliado deberá mantener datos fiscales y bancarios suficientes y cumplir sus obligaciones tributarias para cobrar los derechos residuales. La mera baja censal no extingue créditos ya nacidos; se documentarán conforme al tratamiento fiscal que legalmente corresponda, sin exigir un alta ficticia ni emitir facturas improcedentes.
13.4. Las incidencias documentales se notificarán y subsanarán conforme a la cláusula 6. No existe una caducidad contractual automática de saldos por inactividad o falta de datos. Las acciones quedarán sujetas a los plazos legales de prescripción, su inicio e interrupción; cuando no exista un plazo especial, se aplicará el plazo general de cinco años desde que pueda exigirse la obligación.
13.5. Antes de cerrar el acceso al panel se facilitará un estado de cuenta y un canal para futuras liquidaciones. La petición de supresión de datos se atenderá conforme a la normativa, conservando de forma limitada o bloqueada lo necesario para obligaciones y reclamaciones. No equivaldrá a una renuncia a comisiones. Cuando no queden cobros futuros ni obligaciones pendientes, se cerrará la relación económica y se conservará únicamente la documentación legalmente necesaria.
14 Protección de datos y confidencialidad
14.1. El responsable del tratamiento es el titular identificado en la cláusula 1. Tratará los datos del Afiliado para el alta, ejecución y pago del contrato; para obligaciones fiscales y contables; y, sobre la base de un interés legítimo ponderado, para seguridad y prevención del fraude. Para representantes y contactos profesionales se aplicará la base jurídica que corresponda a su relación y función.
14.2. Los datos se comunicarán a entidades bancarias, administraciones y asesores cuando corresponda, y podrán acceder proveedores que actúen como encargados con las garantías exigibles. Si hubiera transferencias internacionales, se informará de sus destinatarios o categorías y garantías en la política de privacidad. La comunicación al Afiliado de la dirección de la web de un cliente se limitará a las contrataciones que le hayan sido atribuidas y respecto de las que el cliente haya autorizado expresamente esa comunicación. En los demás casos, el Afiliado solo recibirá una referencia seudonimizada y los datos de actividad previstos en la cláusula 11. No se comunicarán nombres, correos electrónicos ni datos de pago de los clientes por participar en el programa.
14.3. Los datos se conservarán mientras sean necesarios para gestionar la relación y las comisiones residuales. Después se limitarán o bloquearán durante los plazos legales aplicables: en particular, seis años para documentación mercantil desde el último asiento y, con carácter general, cuatro años para obligaciones tributarias desde su respectivo inicio de cómputo, sin perjuicio de interrupciones y plazos especiales. No se conservarán todos los datos indefinidamente.
14.4. Pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad cuando procedan escribiendo a soporte@tranquiseo.com, así como reclamar ante la AEPD, www.aepd.es. La información fiscal y de pago indispensable es necesaria para gestionar los abonos. Las comunicaciones publicitarias ajenas al contrato requerirán una base jurídica propia.
14.5. No se establece por la mera afiliación un encargo de tratamiento entre las partes. Cada una responde de sus propios tratamientos. Si se encargan operaciones sobre datos por cuenta de la otra, se formalizará previamente el acuerdo exigible. Ambas partes mantendrán reservada la información no pública recibida, excepto su comunicación legítima a asesores, autoridades o tribunales. El Afiliado solo podrá utilizar los datos a los que acceda en el panel para comprobar sus contrataciones atribuidas y gestionar las incidencias y comisiones del programa. No los publicará, comunicará a terceros ni empleará para campañas comerciales propias por el mero hecho de disponer de ellos. Mantendrá su confidencialidad y aplicará medidas de seguridad adecuadas. Si pretendiera tratar esos datos para otra finalidad, necesitará contar con una base jurídica propia y cumplir sus obligaciones de información; su acceso al panel no constituye autorización del cliente para ello.
14.6. El IBAN se recaba al producirse la primera liquidación y se utiliza para ejecutar y conciliar los pagos y atender incidencias u obligaciones vinculadas. Se almacena cifrado; el panel del Afiliado lo muestra enmascarado y el acceso interno al dato completo se limita a la persona autorizada para ejecutar los pagos. Los sistemas y proveedores necesarios para la ejecución del servicio estarán sujetos a las garantías aplicables. Cada cambio de IBAN se notificará por correo al Afiliado sin incluir el número completo. Las alertas de seguridad y los registros de cambios se tratarán para prevenir fraude con base en un interés legítimo ponderado. Las comprobaciones de autorreferidos seguirán la cláusula 10.3; no se adoptará una privación definitiva de comisiones basada exclusivamente en una coincidencia automática.
15 Responsabilidad
Cada parte responderá de los daños directos, acreditados y causalmente derivados de su incumplimiento imputable. No se garantizan ingresos, tráfico ni conversiones. No se responderá de expectativas de beneficios meramente hipotéticas ni de fallos ajenos fuera del control razonable de la parte que haya actuado diligentemente. Ninguna exclusión limitará el pago de comisiones debidas, las consecuencias del dolo, la culpa grave, las obligaciones imperativas o los derechos de terceros. El Afiliado responderá de su publicidad ilícita; Tranquiseo, de sus propios materiales, instrucciones y actuaciones. No se pacta un límite general equivalente únicamente a las comisiones pendientes.
16 Modificaciones y comunicaciones
16.1. Los cambios se comunicarán por correo con al menos 30 días naturales de antelación, indicando contenido, fecha y versión accesible para conservar. Los cambios económicos o de elegibilidad desfavorables solo afectarán a clientes atribuidos después de su entrada en vigor. Las renovaciones y las dos webs elegibles de un cliente ya atribuido mantendrán la tabla y reglas económicas de su incorporación, salvo acuerdo expreso posterior o norma imperativa.
16.2. Una subida del precio al cliente no altera por sí sola la comisión fija. Para planes sustitutorios se establecerá una equivalencia que no reduzca unilateralmente los derechos existentes. La falta de respuesta no servirá para modificar retroactivamente la cartera. El Afiliado podrá cesar la promoción y darse de baja conservando los derechos de la cláusula 13.
16.3. Las adaptaciones impuestas por una norma o indispensables para detener un uso ilícito podrán aplicarse en el plazo exigido, informando de su causa y alcance. El resto del contrato seguirá vigente. Las comunicaciones se dirigirán a los correos designados, con constancia suficiente de su envío y, cuando sea necesario, recepción. Los avisos meramente publicados en la web no sustituyen el preaviso individual.
17 Ley aplicable y solución de controversias
17.1. Se aplicará el Derecho español, sin perjuicio de las normas imperativas y reglas de conflicto que resulten aplicables. Estas condiciones y el anexo I prevalecen para la afiliación; las condiciones del servicio regulan la contratación del cliente y no modifican por sí solas las comisiones.
17.2. Las partes procurarán resolver las discrepancias mediante comunicación escrita. Cuando sea exigible antes de acudir a la vía judicial, realizarán la actividad negociadora previa o el medio adecuado de solución de controversias previsto en la Ley Orgánica 1/2025, dejando constancia en la forma legal. Una consulta ordinaria a soporte no se equipara automáticamente a ese requisito.
17.3. Conocerán los tribunales competentes según las normas procesales. Estas condiciones de adhesión no imponen una sumisión exclusiva a Madrid. Cualquier pacto territorial separado solo será eficaz cuando sea legalmente admisible. Si procede la Ley de Agencia, se respetará su fuero imperativo. La nulidad de una cláusula no afectará al resto, siempre que pueda subsistir.
Anexo I Acuerdo de facturación por el destinatario
Este acuerdo se celebra entre el titular de Tranquiseo identificado en la cláusula 1, como destinatario de los servicios, y el Afiliado identificado en el formulario de alta, como prestador. Su aceptación deberá constar antes de las operaciones a las que se aplique.
1 Autorización y alcance
El Afiliado autoriza expresamente a Tranquiseo a expedir en su nombre y por su cuenta las facturas correspondientes exclusivamente a los servicios remunerados mediante las comisiones de este programa y sus rectificaciones, conforme al artículo 5 del Real Decreto 1619/2012. La autorización no se extiende a otras actividades del Afiliado.
2 Expedición y copia
Las facturas identificarán al Afiliado como prestador y a Tranquiseo como destinatario y contendrán la mención «Facturación por el destinatario». La serie ordinaria será AF-CÓDIGO-AÑO-NÚMERO, con código único por Afiliado y numeración correlativa dentro de cada serie anual, diferenciada de otras series del prestador. Las rectificativas tendrán serie propia y numeración correlativa; podrán prepararse manualmente, conservando trazabilidad, motivo y referencia a las facturas rectificadas, con cumplimiento de los requisitos legales. La factura se remitirá por correo en PDF y quedará disponible para descarga en el panel, sin perjuicio de los formatos obligatorios que resulten aplicables. Se conservará evidencia de entrega o recepción. La factura se expide a los cinco días naturales de confirmarse la transferencia de la liquidación correspondiente, salvo que deba expedirse y remitirse antes para cumplir los plazos legales, aunque el pago no se haya realizado o falte el IBAN. Si ya se hubiera expedido, el pago posterior no generará una nueva factura.
3 Aceptación individual
El Afiliado dispone de diez días naturales desde la recepción acreditada de cada factura para aceptarla o rechazarla motivadamente. El botón «Hay un problema con esta factura», acompañado del motivo de la discrepancia, constituye rechazo u objeción a efectos de este acuerdo. Junto al botón se informará de ese efecto. También podrá utilizarse soporte@tranquiseo.com. Se registrarán fecha, factura y motivo y se entregará confirmación al Afiliado. Las partes acuerdan expresamente que, si consta recepción y no se comunica rechazo dentro del plazo, se entenderá aceptada. Cabe aceptación expresa anticipada. Sin recepción acreditada se reenviará la factura o se recabará aceptación expresa; su mera presencia en el panel o un envío fallido no inicia el plazo.
La comunicación identificará los conceptos o datos discrepantes e impedirá que la factura se marque como aceptada por silencio mientras se resuelve la objeción. Tranquiseo responderá y emitirá, cuando proceda, la factura rectificativa o la corrección legalmente admisible, sin borrar ni sobrescribir el original. La factura rectificativa se remitirá y someterá al mismo procedimiento de aceptación. La aceptación no convalida errores fiscales ni impide reclamaciones posteriores. Las discrepancias no suspenderán cantidades no controvertidas ni ampliarán vencimientos legales. El pago dentro de plazo podrá realizarse antes de que termine la revisión y no supondrá renuncia a corregir errores.
4 Obligaciones y medios
El Afiliado mantiene la responsabilidad fiscal que legalmente le corresponda y facilitará datos y cambios de régimen a tiempo. No emitirá otra factura por una operación ya documentada sin coordinación previa. Tranquiseo responderá de ejecutar correctamente el encargo asumido y no emitirá documentos con datos fiscales que sepa incorrectos.
Ambas partes aceptan la expedición y recepción electrónica en los formatos legalmente admisibles. Cuando resulte obligatoria la factura electrónica estructurada entre empresarios y profesionales, se utilizarán los formatos, canales y comunicaciones exigibles. Un PDF no sustituirá entonces la factura estructurada requerida. La solución de facturación deberá cumplir la normativa aplicable a los sistemas informáticos de facturación.
5 Vigencia y revocación
La autorización se mantiene para comisiones residuales tras la baja mientras sea necesaria y no se revoque. Cualquiera de las partes podrá revocarla con 15 días naturales de preaviso, o inmediatamente por impedimento legal, coordinando la fecha de corte. Desde entonces facturará el Afiliado, sin duplicar operaciones ni perder su derecho a cobrar. La revocación no invalida facturas anteriores válidamente expedidas.
6 Evidencia de aceptación
La aceptación electrónica identificará al Afiliado o representante, NIF, correo verificado, versión del acuerdo, fecha y hora, manifestación afirmativa y confirmación remitida. La recogida de datos técnicos adicionales se limitará a lo necesario y se informará de ella. Si se firma fuera del formulario: nombre y representación __________________; NIF __________________; fecha __________________; firma del Afiliado __________________; aceptación de Tranquiseo __________________.